Modelo 303

En nuestro país, cualquier autónomo o empresa tiene unas obligaciones a nivel administrativo con la administración tributaria. El modelo 303 del IVA es uno de los más conocidos por quienes tienen un negocio propio.

Se trata de un documento esencial para cumplir con las obligaciones con respecto a la recaudación del IVA para el Estado.

Por eso, tienes que saber todo lo necesario acerca del modelo 303, para asegurarte de que estás haciendo lo correcto y comprobar si estás obligado o no a presentarlo por ejercer una actividad económica o empresarial por cuenta propia.

Qué es y para qué sirve el modelo 303

El modelo 303 es un formulario (autoliquidación) utilizado para la declaración de IVA. Es conocido como el “modelo del IVA” por cualquier autónomo o empresa y, en él, se hace un cálculo entre la diferencia del IVA repercutido y el IVA soportado, además de otras casillas que tienen carácter informativo

Es decir, se basa en las facturas recibidas de proveedores y emitidas a clientes, así como los gastos de actividad El resultado puede salir a pagar o a devolver, e incluso cero si da la casualidad de que coinciden ambos tipos de IVA. También cabe la opción, en el caso de que el resultado de la declaración sea a devolver, de solicitar la “compensación” en períodos posteriores, cuando se prevea que el resultado vaya a ser a ingresar.

Ello puede ser recomendable en algunos casos, dado que si solicitas una devolución a Hacienda, en principio, es más probable que la Administración te revise una autoliquidación, en particular si el importe a devolver es elevado, que si solicitas la compensación.

Además, hay que tener en cuenta que para la mayoría de autónomos y empresas, solo se puede solicitar la devolución en la última autoliquidación anual, es decir la del cuarto trimestre del año, salvo que estés dado de alta del REDEME (Régimen de Devolución Mensual), en cuyo caso tendrás que presentar la autoliquidación mensualmente y podrás, también, solicitar la devolución al final de cada mes..

Anualmente, debemos presentar el modelo 390, que es un resumen anual de todos los modelos 303 presentados a lo largo del año, así que es fundamental no equivocarse en ello para no tener que realizar reajustes.

Algunos autónomos y empresas están exentos de presentar el Modelo 390 de resumen anual: son los sujetos pasivos cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, y aquellos que estén incluidos en el sistema SII (Sistema Inmediato de Información).

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En estos casos, parte de la información de resumen anual hay que informarla en el Modelo 303 del último periodo del año (ya sea la del cuarto trimestre o la del mes de diciembre) si bien la información a aportar a Hacienda en estos casos es más simplificada que la que se incluye en el Modelo 390.

Quién está obligado a presentar el modelo 303

Presentar el modelo 303 es obligatorio para todos los trabajadores autónomos y empresas que desarrollen actividades sujetas a IVA. La presentación de la declaración es obligatoria sea cual sea el resultado de la misma, si estás dado de alta de IVA en Hacienda,  incluso si no ha habido actividad un trimestre.En este último caso se presentará la autoliquidación “sin actividad”.

Hay que tener en cuenta en algunos casos la aplicación de la regla de la prorrata, dependiendo de si el sujeto pasivo realiza más de una actividad y de si alguna de ellas está exenta de IVA.

En España, están obligados a presentar el modelo 303 más del 90 % de los trabajadores autónomos y empresas. Además, también deben hacerlo quienes pongan en alquiler un local o un piso de su propiedad cuando este se utiliza como oficina o lugar de trabajo.

Existen autónomos y empresas exentos de presentar el modelo 303: los autónomos en régimen de recargo de equivalencia, en régimen simplificado, los agricultores, ganaderos y pescadores, y otras profesiones como servicios médicos, sanitarios o de educación y formación.

Cómo y cuándo presentar el modelo 303

Para presentar el modelo 303, debemos conocer los plazos que la AEAT establece para ello, que de forma general son los siguientes:

  • Del 1 al 20 de abril: facturas de los meses de enero, febrero y marzo.
  • Del 1 al 20 de julio: facturas de los meses de abril, mayo y junio.
  • Del 1 al 20 de octubre: facturas de los meses de julio, agosto y septiembre.
  • Del 1 al 30 de enero: facturas de los meses de octubre, noviembre y diciembre.

Como podemos ver, son cuatro presentaciones del modelo 303 cada año, correspondiente a los cuatro trimestres en los que se divide. Es fundamental estar atentos a estos plazos, ya que cualquier olvido o retraso está penalizado con sanciones por parte de la Agencia Tributaria.

Es importante recordar que debemos presentar el modelo 303 incluso si hay un trimestre en el que el negocio no tiene actividad alguna por el motivo que sea. Se debe presentar con resultado cero, pero es necesario para evitar problemas con Hacienda.

En cualquier caso, como se ha comentado, existe una excepción a estos plazos que acabamos de mostrar y es para los autónomos y sociedades que estén inscritos en el REDEME. Se trata de un régimen especial de IVA con devoluciones mensuales en el que hay que presentar el modelo 303 todos los meses.

Debemos tener en cuenta tanto las facturas con empresas nacionales, como los servicios intracomunitarios, importaciones y exportaciones a otros países de la Unión Europea y el extranjero.

¿Cómo hay que presentar el modelo 303? Para esto, solo necesitas tu certificado digital o la clave PIN para identificarte y acceder a la presentación telemática del modelo en la web de Hacienda, aunque también puedes presentarlo de manera presencial o con ayuda de una asesoría.

Conclusión

Como podemos apreciar, el modelo 303 es uno de los formularios más importantes que cualquier autónomo o empresa debe conocer en profundidad. Salvo las actividades exentas, el resto de autónomos están obligados a presentarlo de forma trimestral.

Ahora que te hemos ayudado a descubrir qué es el modelo 303 solo tienes que tener un mayor cuidado con tus facturas emitidas y recibidas para calcular correctamente el IVA soportado y repercutido con tu actividad.

Si tiene alguna pregunta sobre este formulario, póngase en contacto con nuestros asesores fiscales en Barcelona.

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