Impuesto sobre el patrimonio en Catalunya

El impuesto sobre el patrimonio es un impuesto de carácter directo y personal que grava el patrimonio de las personas físicas. Este impuesto está parcial o totalmente cedido a las comunidades autónomas, de manera que éstas, sobre la normativa estatal, tienen competencias para mejorar las deducciones y bonificaciones previstas.

En este artículo vamos a explicar un poco mejor en qué consiste el impuesto sobre el patrimonio y, particularmente, nos centraremos en el caso de Catalunya.

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Impuesto sobre el patrimonio

El impuesto sobre el patrimonio, a diferencia de otros como el impuesto de sucesiones, es un tributo con carácter temporal. En 2008, Zapatero lo suprimió como mensaje de que la economía del país iba viento en popa pero, con la crisis económica, se recuperó en 2011.

En principio, solo se iba a prolongar dos años, pero llegamos a 2018 y aún se deberá declarar en Patrimonio, ya que representa una recaudación de 1.300 millones de euros que, por ahora, las comunidades autónomas no pueden prescindir.

Los contribuyentes estarán obligados a declarar el tributo durante la campaña de la renta mediante el modelo 714.

Base liquidable. (Hasta euros) Cuota íntegra. (Euros) Resto base liquidable. (Hasta euros) Tipo
0 0,00 167.129,45 0,210
167.129,45 350,97 167.123,43 0,315
334.252,88 877,41 334.246,87 0,525
668.499,75 2.632,21 668.500,00 0,945
1.336.999,75 8.949,54 1.336.999,26 1,365
2.673.999,01 27.199,58 2.673.999,02 1,785
5.347.998,03 74.930,46 5.347.998,03 2,205
10.695.996,06 192.853,82 en adelante 2,750

 

El documento oficial de la Agència Tributària de Catalunya del impuesto sobre el patrimonio en Cataluña.

¿Quién debe declarar por el impuesto sobre el patrimonio?

El hecho que marca si debes declarar por este impuesto o no es tu renta patrimonial. En la mayoría de las comunidades autónomas deben hacerle frente las rentas patrimoniales iguales o superiores a los 700.000 euros brutos anuales.

Los contribuyentes españoles deberán declarar los bienes inmuebles y derechos, tanto si están ubicados en España como si no. En cambio, los no residentes fiscales tributarán solamente por los derechos ubicados en España.

Impuesto sobre el patrimonio en Catalunya

En Catalunya no se aplica ningún tipo de bonificación sobre la cuota. Eso afecta a que el mínimo exento de la comunidad es de 500.000 euros brutos anuales, en lugar de los 700.000€ de otras CCAA. De esta manera, los contribuyentes catalanes son mayoría, unos 70.000, seguidos de muy lejos por Valencia (17.786) y Andalucía (16.221).

En el caso de la Comunidad de Madrid, por ejemplo, el gobierno autonómico ofrece una bonificación del 100%, reduciendo a 0 el número de contribuyentes del impuesto sobre el patrimonio.

Tanto si eres de Catalunya como de otra comunidad autónoma y necesitas resolver alguna consulta sobre el impuesto del patrimonio, te animamos a que contactes con nuestros asesores fiscales en Barcelona. Te ofrecemos un asesoramiento fiscal experto, individualizado y confidencial para que declares el tributo correctamente.

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