Cómo preparar el cierre fiscal de tu empresa

Gerard Valldeperes Vilanova / Asesoramiento Fiscal

Escrito por el equipo editorial de GM Tax Consultancy
Revisión jurídica realizada por el Departamento Fiscal y Mercantil de GM Tax Consultancy.

Se acerca el final del año y esto significa para la mayoría de empresas que también termina su ejercicio fiscal. Recomendamos revisar el posible resultado previsto a cierre por si es necesario realizar alguna operación o actuación antes de que finalice el ejercicio.

Respecto al cierre, con la publicación de hoy quiero indicar algunos aspectos relevantes a tener en cuenta.

A la hora de revisar los balances provisionales más actualizados que tengas, presta atención a los siguientes puntos:

  • Partidas pendientes de aplicación (cuenta 555), debería quedar a 0
  • Saldos con socios y administradores (cuenta 551). Si existen préstamos deben estar documentados, declarados a Hacienda y valorados a precio de mercado
  • Retribución del administrador. Es preferible tenerla aprobada por Junta
  • Distribuciones de dividendos (verificar la aplicación de la exención si procede)
  • Saldos con clientes y proveedores que arrastres desde hace tiempo, por la posible dotación deducible
  • Contabilización de las fianzas
  • Correcta amortización contable del inmovilizado según tablas y revisión de incentivos fiscales aplicables

Además, según el tipo de negocio que tengas, también debes tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Si se trata de una sociedad que presta servicios profesionales, que el socio profesional perciba como mínimo el 75% del beneficio antes de impuestos en forma de nómina o factura (puerto seguro)
  • Si se trata de una empresa familiar, que no existan activos y deudas no afectos a la actividad para poder aplicar la exención del Impuesto sobre el Patrimonio. Conviene invertir en empresas con una participación superior al 5% y reducir la tesorería cuando sea posible
  • Si se trata de una empresa que realiza I+D+i, que se contabilice correctamente el gasto de personal dedicado al proyecto antes de solicitar el informe vinculante

Finalmente, conviene tener presentes algunos umbrales:

  • Gran empresa: si tu cifra de negocios a final de año supera los 6 millones de euros, el año siguiente deberás presentar los impuestos mensualmente y darte de alta en el SII
  • Auditoría: si superas dos de los tres umbrales legales sobre cifra de negocios, valor del activo y número de trabajadores durante dos ejercicios seguidos, estarás obligado a auditar durante al menos dos años

Por ello, ahora que todavía quedan dos meses de margen, es un buen momento para estudiar la situación actual y realizar los ajustes necesarios para evitar sorpresas. Podemos comentarlo cuando quieras.

Sílvia Gabarró i Font / Dirección

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