Se acerca el final del año y esto significa para la mayoría de empresas que también termina su ejercicio fiscal. Recomendamos revisar el posible resultado previsto a cierre por si es necesario realizar alguna operación o actuación antes de que finalice el ejercicio.
Respecto al cierre, con la publicación de hoy quiero indicar algunos aspectos relevantes a tener en cuenta.
A la hora de revisar los balances provisionales más actualizados que tengas, presta atención a los siguientes puntos:
- Partidas pendientes de aplicación (cuenta 555), debería quedar a 0
- Saldos con socios y administradores (cuenta 551). Si existen préstamos deben estar documentados, declarados a Hacienda y valorados a precio de mercado
- Retribución del administrador. Es preferible tenerla aprobada por Junta
- Distribuciones de dividendos (verificar la aplicación de la exención si procede)
- Saldos con clientes y proveedores que arrastres desde hace tiempo, por la posible dotación deducible
- Contabilización de las fianzas
- Correcta amortización contable del inmovilizado según tablas y revisión de incentivos fiscales aplicables
Además, según el tipo de negocio que tengas, también debes tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Si se trata de una sociedad que presta servicios profesionales, que el socio profesional perciba como mínimo el 75% del beneficio antes de impuestos en forma de nómina o factura (puerto seguro)
- Si se trata de una empresa familiar, que no existan activos y deudas no afectos a la actividad para poder aplicar la exención del Impuesto sobre el Patrimonio. Conviene invertir en empresas con una participación superior al 5% y reducir la tesorería cuando sea posible
- Si se trata de una empresa que realiza I+D+i, que se contabilice correctamente el gasto de personal dedicado al proyecto antes de solicitar el informe vinculante
Finalmente, conviene tener presentes algunos umbrales:
- Gran empresa: si tu cifra de negocios a final de año supera los 6 millones de euros, el año siguiente deberás presentar los impuestos mensualmente y darte de alta en el SII
- Auditoría: si superas dos de los tres umbrales legales sobre cifra de negocios, valor del activo y número de trabajadores durante dos ejercicios seguidos, estarás obligado a auditar durante al menos dos años
Por ello, ahora que todavía quedan dos meses de margen, es un buen momento para estudiar la situación actual y realizar los ajustes necesarios para evitar sorpresas. Podemos comentarlo cuando quieras.
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