Certificado digital: ¿Quién está obligado a comunicarse electrónicamente?

Certificado electrónico obligación

En la actualidad, el Certificado Digital resulta esencial para comunicarse con la Administración Pública en España desde el momento en el que se constituye una sociedad. Hace unos años, esas entidades recibían una notificación de Hacienda que indicaba el momento en el que les afectaba el sistema NEO (Notificaciones Electrónicas Obligatorias). Hoy en día ya no existe esa notificación porque las entidades deben saber que están OBLIGADAS a comunicarse con la Administración de forma telemática.

Para terminar de sacarte de dudas vamos a explicarte exactamente quién debe obtener un Certificado Digital para comunicarse con la Administración y recibir notificaciones por parte de ésta, y a qué sanciones te expones si no procedes de este modo; ve en cuenta porque en 2016 entró en vigor una nueva ley. En este artículo encontraras la manera de obtener el Certificado Digital.

¿Quién está obligado a tener un certificado digital?

Según la normativa del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligadas a relacionarse electrónicamente las siguientes personas y entidades:

  • Las personas jurídicas.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria. Para los trámites que se realicen con la Administración Pública.
  • Quienes representen a alguien obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas. Para los trámites que realicen en condición de empleado público.

Además, desde de la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las empresas y entidades sin personalidad jurídica también están obligadas a tener Certificado Digital para comunicarse con la administración. Entre esas entidades se incluyen las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.

Personas físicas: ¿Cómo deben comunicarse con la Administración?

Conforme al artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas físicas pueden elegir la forma de comunicarse con las Administraciones Públicas, tanto si es a través de medios electrónicos o no.

Aun así, la Administración tiene la última palabra y puede establecer la obligación de relacionarse con ellos electrónicamente para determinados procedimientos.

Certificado digital para aduanas

Otro ámbito en el que es obligatorio el Certificado Digital es en las aduanas. Todos los operadores económicos deben presentar los documentos y solicitudes previstos en la legislación aduanera a través del registro electrónico. Las únicas excepciones las establece el Código Aduanero de la Unión y los Reglamentos que lo desarrollan.

Sanciones por no disponer de certificado digital

Como recoge el artículo 199 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, si no se cumple con esa obligación se considerará una infracción tributaria y se impondrá una sanción consistente en una multa de 250 euros.

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