En España, cada vez son más las personas mayores de 65 años que deciden vender la casa que tienen a su nombre. Es necesario saber que esta venta de la vivienda habitual está sujeta a una normativa fiscal que libera de pagar el IRPF, un poco distinta a la del resto de transacciones.
Si estás en esa franja de edad o te afecta directamente un caso similar, te invitamos a que sigas leyendo. Sobre todo si te falta poco para llegar a los 65 años. Si lo que tienes pensado es vender tu casa para comprar otra, te recomendamos que leas nuestro artículo sobre la reinversión en vivienda habitual para que te enteres de las deducciones de esta operación.
Exención en ganancia patrimonial para mayores de 65 años
Entre las exenciones que prevé la ley a la hora de traspasar una vivienda habitual, nos encontramos con una que afecta a las personas mayores de 65 años. Concretamente, el artículo 41.bi del RD 439/2007 de 30 de marzo deja exentos de pagar el IRPF por la venta de su casa a este colectivo.
Por esa razón, si tienes pensado vender tu casa y tienes 60 y pocos años, sé listo y espérate a llegar a los 65. Más que nunca, la espera valdrá la pena.
¿Qué es una vivienda habitual?
Una vivienda habitual es aquella que constituye, a efectos fiscales, la residencia durante un plazo continuado de, por lo menos, tres años. Por ejemplo, si una persona que reside en una ciudad va a vivir a su casa de la montaña y, pasados cinco años, decide vender su casa de la ciudad, esa no será considerada habitual.
En el caso de vender una vivienda no habitual, se deberán pagar impuestos. Aun así, desde 2015 también existen exenciones para los mayores de 65 años si destinan los beneficios a constituir una renta vitalicia.
¿Se deberá poner el beneficio en el IRPF? ¿Y pagar la plusvalía municipal?
Aunque la ganancia patrimonial por la venta de la vivienda habitual esté exenta de tributar el IRPF, se debe incluir la operación en la declaración de la renta. Recuerda que el hecho de no tener que pagar IRPF no evita tener que pagar impuestos como el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalía municipal) como vendedores de la vivienda.
Donación de la vivienda habitual
También es un hecho común que las personas mayores de 65 años donen su vivienda habitual a sus hijos o nietos. En ese caso, los impuestos recaen sobre la parte compradora, ya que es la que tiene una ganancia patrimonial. Sin embargo, no se liquidan a través del IRPF, sino con el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Si necesitas asesoría a la hora de vender o donar una vivienda habitual y tienes más de 65 años, no dudes en contactar con GM Tax. Estudiaremos el caso contigo y encontraremos la mejor solución. Además, te ayudamos a gestionar tu IRPF o Impuesto de Donaciones para que tributes correctamente.