Las pérdidas y las ganancias patrimoniales se integran en la base imponible del ahorro. Cuando el saldo resultante de este tipo de rendimientos es negativo, se puede compensar con el saldo positivo. Por ejemplo, esto pasaría cuando se vendiera una propiedad por debajo de su valor catastral, perdiendo valor patrimonial en esta operación.
Desde que entró en vigor la reforma fiscal de 2015 se han mantenido dudas como cuál es el plazo para hacerlo y qué porcentaje de compensación se debe aplicar cada año. A continuación te las resolvemos para que las tengas claras antes de que termine el plazo de la declaración de la renta.
Cómo compensar las pérdidas patrimoniales
Todos los aumentos y disminuciones de patrimonio a causa de la fluctuación de la economía se pueden compensar entre sí, sin importar su tipología. Aun así, las minusvalías patrimoniales solo se pueden compensar con los rendimientos de bienes muebles o del ahorro. No podrá hacerse con los rendimientos derivados del trabajo como se hacía antes de la reforma fiscal.
Una vez vista la teoría, ¿cómo compenso las pérdidas patrimoniales? Si el saldo de la integración y compensación de este tipo de rendimientos fuera negativo, su importe se podrá compensar con el saldo positivo del otro componente de la base imponible del ahorro, rendimientos del capital mobiliario, con un límite porcentual que veremos a continuación.
Porcentaje de compensación de pérdidas patrimoniales
La reforma fiscal marcó un período transitorio antes de aplicar el porcentaje de compensación definitivo, que será del 25%. En 2015 el porcentaje fue del 10%, en 2016 del 15% y en 2017 un 20%.
Plazo para compensar las pérdidas patrimoniales
Los rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, etc.) se compensan entre sí y, si queda saldo negativo, se puede compensar el 20% de ese saldo con las ganancias patrimoniales, y el resto en 4 años. Es decir, si en un ejercicio solo tenemos pérdidas, estas quedarán pendientes y se podrán compensar con ganancias de los 4 años siguientes.
Consejo final sobre la compensación de pérdidas patrimoniales
Queremos despedirnos con un truco que te puede ser útil. Si tienes previsto tener una ganancia patrimonial importante, trata de vender algún activo (acciones, participaciones, fondos de inversión, etc.) con pérdidas. De esta manera no tributarás la ganancia.
Para conocer otros consejos personalizados a tu situación patrimonial actual, no dudes en contactar con GM Tax. Nos adaptamos a tu caso y te asesoramos para encontrar las soluciones que más te beneficien a la hora de compensar pérdidas patrimoniales haciendo valer nuestra experiencia. ¡Llámanos!