Transmisiones patrimoniales

En España, la compraventa de bienes inmuebles, así como operaciones societarias como la disolución de entidades están gravadas , a través del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD), en el que las Comunidades Autónomas recaudarán lo que proceda por estas operaciones tan habituales.

Otras operaciones que implican transmisiones patrimoniales conllevan la obligación de presentación del modelo del impuesto correspondiente, si bien en algunos casos están exentas (ampliaciones de capital, constitución de sociedades o contratos de préstamo privados, entre otros) o no sujetas.

Las transmisiones patrimoniales más comunes son la compraventa de viviendas o de coches de segunda mano. En ambos casos, los contribuyentes estarán obligados a tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (modalidad TPO), por lo que es fundamental conocer este impuesto.

¿Qué son las transmisiones patrimoniales?

Las transmisiones patrimoniales son aquellas operaciones que consisten en un intercambio de patrimonio entre dos personas, físicas o jurídicas.

En estos casos, se deberá tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales (ITPAJD), un tributo que grava estas operaciones llevadas a cabo dentro del territorio de España.

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados

¿Qué es el impuesto sobre transmisiones patrimoniales?

El impuesto sobre transmisiones patrimoniales o ITP (en su modalidad de TPO) es un tributo que grava las transmisiones patrimoniales onerosas que tienen lugar dentro del territorio español.

No obstante, el contribuyente no deberá tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales cuando la operación de compraventa ya esté sujeta a IVA (por ejemplo en casos de compraventa de inmueble que sea de obra nueva). De esta forma, se evitará la doble imposición tributaria, es decir, que una misma operación tenga que tributar por dos impuestos diferentes.

¿Quién está obligado a tributar por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales?

El contribuyente que estará legalmente obligado a tributar por ITP es aquella persona, física o jurídica, que vea incrementado su patrimonio tras la operación de compraventa, es decir el “beneficiario” de la operación.

En el caso de compraventa de inmueble, es el comprador del inmueble el obligado a pagar lo que corresponda en concepto de impuesto sobre transmisiones patrimoniales (modalidad TPO).

En Cataluña el tipo de gravamen general para la compraventa de inmuebles está fijado en el 10% (el 11% a partir de 1.000.000 de valor del inmueble), si bien existe un tipo reducido del 5% cuando dicho inmueble represente la primera vivienda habitual del comprador y se cumplan con los requisitos de ingresos y edad del comprador que establece la normativa.

Cálculo del impuesto

Para calcular lo que se ha de pagar a Hacienda en concepto de ITP, se ha de aplicar un tipo tributario a la base liquidable que resulte. Para ello, se ha de determinar la base imponible del tributo. La base imponible hace referencia al valor real del bien o derecho objeto de la transmisión patrimonial.

¿Necesita Ayuda?

Una vez calculada la base imponible, se deberá aplicar el tipo de gravamenestablecido por cada Comunidad Autónoma, dado que éste es un elemento del impuesto que las Comunidades Autónomas pueden regular

Sin embargo, se prevé un tipo tributario subsidiario para el caso en que la Comunidad Autónoma no haya previsto otro tipo tributario.

En Cataluña, más allá del tipo general de gravamen del 10% se prevén los siguientes tipos de gravamen especiales: el 7% para viviendas con protección oficial; l, el 5% para transmisiones de bienes muebles como vehículos; el 4 % para concesiones administrativas; y el 1 % para la constitución de derechos reales de garantía como una pensión o una fianza. Para el caso de disolución de entidades, que está sujeto al impuesto del ITPAJD (modalidad OS) el tipo de gravamen es el 1%, que se aplica sobre la cuota de liquidación de la sociedad

¿Cuándo debe pagar el contribuyente a Hacienda en concepto de ITP? ¿Cómo se efectúa el pago?

El contribuyente, en relación con el pago en concepto de ITP debe tener en cuenta que el impuesto se devenga en el momento en que tiene lugar la operación sujeta a tributación (cuando se formaliza el acto sujeto a gravamen, en general la escritura pública correspondiente; o si no hay escritura, cuando se formalice el contrato o documento privado). Así pues, el obligado tributario deberá pagar el ITP (en el caso de que sea un supuesto de sujeción y no exención) en un plazo de un mes (contado de fecha a fecha) desde el momento del devengo.

Para presentar y pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales, en general se puede realizar con los programas de ayuda que las Comunidades Autónomas han habilitado con dicho fin, acreditándose con el certificado digital, si bien en algunos casos se puede hacer la presentación en papel en la Delegación de Hacienda que corresponda

¿En qué situaciones puedes encontrarte con un ITP?

El ITPAJD se aplica, entre otros a las siguientes operaciones:

  • Transmisión onerosa de un bien inmueble.
  • Transmisión onerosa de un bien mueble o semoviente.
  • Transmisión onerosa de derechos.
  • Operaciones societarias como la constitución, el aumento o la disminución del capital social.

En definitiva, las transmisiones patrimoniales están gravadas en España (siempre que no estén gravadas por otro impuesto, como ocurre en el caso del IVA). En estos casos, el contribuyente deberá pagar lo que corresponda a Hacienda en concepto del impuesto sobre transmisiones patrimoniales.

Es por ello por lo que resulta fundamental conocer los entresijos de este tributo, sobre todo si se tiene en cuenta que este tipo de operaciones son muy comunes en España. Si tiene alguna pregunta sobre este tema, póngase en contacto con nuestros asesores fiscales en Barcelona.

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