Liquidación de una empresa: Aspectos fiscales

La disolución y liquidación de una empresa no es fiscalmente neutra, ya que puede tener importantes consecuencias para los socios de la empresa.

¿Qué es la liquidación de una empresa?

La liquidación de una empresa es el proceso que inicia una sociedad cargada de deudas para liquidar sus operaciones y disponer así de sus activos para pagar esas deudas y otros pasivos. Una empresa se liquida si se determina que no puede continuar como negocio en marcha.

Puede deberse a diversas razones, como la insolvencia, que suele ser la razón principal, la falta de voluntad de continuar en el negocio, etc.

Cuando una sociedad es insolvente, el liquidador vende los activos de la empresa para pagar todas las deudas. El superávit restante tras el pago a los acreedores se distribuye entre los accionistas de la empresa.

Tipos de liquidación

Los tres tipos principales de liquidación de una empresa son:

> Liquidación voluntaria: Este tipo de liquidación no está basada en la insolvencia, sino que es una decisión voluntaria de los propietarios/socios de la empresa, aunque signifique que la empresa siga siendo solvente y puede hacer pagos a los acreedores.

> Liquidación voluntaria por parte de los acreedores: se produce cuando la parte directiva de la empresa se da cuenta de que no va a poder realizar los pagos a los acreedores. Entonces, se pide a los accionistas que voten y, si el 75% de los miembros está de acuerdo, se liquida la sociedad.

> Liquidación forzosa: si la empresa no puede pagar sus deudas, un tribunal ordena el cese de su actividad y el cierre.

Aspectos fiscales de la liquidación de una sociedad

Los principales aspectos fiscales a tener en cuenta en el momento de la liquidación de una sociedad, son:

> Si el valor real de los bienes a adjudicar a los socios es superior a su valor contable. Deberá entonces declararse este valor superior como valor de transmisión del bien y determinar el correspondiente beneficio, que formará parte del resultado del ejercicio de cierre.

> Si se adjudican bienes a los socios, deberá aplicarse si procede el IVA correspondiente.

> Será necesario prever el pago del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio que se cierra, ya que éste reducirá la cuota de liquidación que se asigne a los socios, así como provisionar los gastos derivados de la liquidación de la sociedad, ya que reducirán su resultado contable final y, por tanto, la cuota del Impuesto sobre Sociedades.

> El Impuesto de Sociedades deberá liquidarse por el ejercicio que finaliza con la liquidación de la sociedad en el plazo legalmente establecido, que son 25 días después de los 6 meses desde la fecha de cierre del ejercicio, o sea, en este caso,  la fecha de aprobación del balance de liquidación.

> Asimismo, será necesario presentar una declaración de impuestos en el mismo plazo indicado, pero a contar desde la inscripción de la liquidación en el Registro Mercantil.

> Cuando exista una cuota de liquidación a repartir entre los socios, se deberá ingresar el 1% de la cuota percibida por cada socio en concepto de impuesto de operaciones societarias.

> Por último, indicar que en la actualidad, la AEAT ha establecido este año, un proceso de revisión de las sociedades inactivas que se dan de baja en el censo del Registro Mercantil si no se acredita la puesta al día de sus obligaciones fiscales.

En conclusión, la liquidación es el proceso de disolución y cierre total de las operaciones de una empresa. Una vez finalizado este proceso, la sociedad deja de existir a los ojos de la ley.

 

Si tienes dudas sobre las consecuencias fiscales de la disolución de tu empresa, contacta sin compromiso con nuestros asesores fiscales en Barcelona y te informaremos de todo.

    Rellene el formulario para contactarnos