Cuando se compra una casa o un coche de segunda mano, el comprador debe pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), tal y como se regula en el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre y por la Ley 22/2009, de 18 de diciembre. Se trata de un gravamen poco conocido, aunque si tienes que hacer frente a él nunca se te va a olvidar, ya que el precio a pagar no suele ser barato.
Además de las viviendas y de los vehículos (Transmisiones Patrimoniales Onerosas), también grava operaciones societarias como la variación del capital de una sociedad y actos jurídicos documentados.
En este artículo nos centraremos en el caso de las viviendas y los vehículos, ya que son los más comunes y no queremos que el impuesto te coja de sorpresa.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en viviendas
La cantidad a pagar por una vivienda de segunda mano depende de cada Comunidad Autónoma. Por ejemplo, en Catalunya es del 10% sobre el valor de adquisición, aunque existen una serie de valores mínimos basados en el valor catastral y el coeficiente municipal que se pueden consultar en Etributs.cat.
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en vehículos
En la compra de vehículos de segunda mano, el tipo de gravamen por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales también depende de cada Comunidad Autónoma. Si seguimos con el ejemplo de Catalunya, vemos que es del 5% aunque, a diferencia del caso de las viviendas, no se aplica al valor por el que se ha adquirido.
Para saber el valor a pagar, es necesario realizar una serie de operaciones. En primer lugar, hay que buscar el valor fiscal del coche en las tablas de valoración de Hacienda o el de la Comunidad Autónoma. Allí están todos los modelos de coche que hay en España y su valor. Si has usado el modelo del BOE, hay que aplicarle un porcentaje por depreciación del vehículo, que depende de sus años de uso. En el modelo de la Generalitat se aplica directamente, ya que te da la opción de ver el precio dependiendo de su antigüedad.
En Catalunya, País Vasco y Andalucía, aplicando el porcentaje correspondiente al valor fiscal del coche, ya tendríamos el precio a pagar en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. En cambio, en el resto de comunidades, el precio por el que se compra el vehículo influye en lo que hay que pagar. Si ese precio es superior al valor del coche (es decir, se compra por 2.000€ un coche que tiene un valor de 1.500€), hay que aplicar el porcentaje al precio que has pagado por el vehículo (es decir, a los 2.000€, no a los 1.500€).
Si, por lo contrario, se compra por un precio inferior (se pagan 1.000€ por un coche que tiene un valor de 1.500€), se aplicará al valor del coche, no al que se ha pagado por él. En resumidas cuentas, se aplicará el porcentaje al valor más alto entre el de compra y el del valor de las tablas de Hacienda.
Plazo para pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
El tiempo que tienes para pagar el impuesto es de UN MES desde la fecha de transmisión. Se debe realizar en la Delegación de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
El impago supondría una inspección tributaria y se obligaría el pago con una liquidación inmediata y con gastos de recargo.
Para cualquier consulta o asesoría en caso de que tengas que pagar un Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, contacta con nuestros asesores fiscales en Barcelona. Somos especialistas en todo tipo de temas que te afecten a ti y a la Agencia Tributaria.