Amnistía fiscal: Pacto entre PP y ciudadanos ¿Podrá realmente aplicarse?

En el mes de marzo de 2012 se aprobó la popularmente denominada Amnistía Fiscal, cuyo objetivo era obtener una recaudación sustantiva (finalmente fue significativamente inferior a lo previsto inicialmente) a través de la declaración por parte de residentes en España de los bienes y derechos no declarados que tenían en el extranjero. Ahora la amnistía fiscal puede verse renovada frente al pacto entre PP i Ciudadanos.

Se endurece la no regularización de bienes en el extranjero

Esta medida fue acompañada de un endurecimiento importante de las consecuencias fiscales derivadas de la no declaración de rentas en el exterior, con la aprobación de una norma de imprescriptibilidad tributaria en estos casos y un régimen sancionador durísimo que ha sido impugnado en el Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea por su falta de proporcionalidad. La citada regularización al principio no tuvo mucho éxito pero, finalmente, la interpretación que respecto su aplicación realizó la propia Administración Tributaria española a través de la Dirección General de Tributos, reduciendo el coste fiscal de quien se acogiera a la misma en determinados casos, dio lugar a que una gran cantidad de contribuyentes optaran, en el último momento, por acogerse a la amnistía fiscal y regularizaron los bienes que tenían en el exterior, aunque el éxito recaudatorio de la aplicación de la norma fue muy reducido por el motivo indicado.

Hecha la ley hecha la trampa

Ahora a raíz de la negociación para la formación de un nuevo gobierno en España, nos encontramos con que uno de los puntos del Acuerdo firmado entre el PP y Ciudadanos es revisar el tratamiento fiscal aplicado por la Dirección General de Tributos a los contribuyentes que se acogieron a la Amnistía Fiscal. La Dirección General de Tributos (DGT) emitió un informe, de fecha 27 de junio de 2012 pero sin firma (ver PDF), en el que aclaraba que los contribuyentes que podían acreditar la titularidad de activos con anterioridad a 4 años (obtenidos durante ejercicios prescritos) sin que se tratara de dinero en efectivo no debían regularizar y, por tanto, sólo tendrían que pagar por los rendimientos obtenidos de los activos obtenidos en ejercicios no prescritos pero no deberían tributar por la declaración de los bienes hasta entonces ocultos al fisco español. Ello supuso que el tipo de gravamen efectivo aplicado a quienes regularizaron fue de media un 3% en lugar del 10% aprobado por la norma. El acuerdo suscrito entre PP y Ciudadanos establece una modificación del criterio anterior por parte de la Administración Tributaria y determina que se aplique un tipo efectivo del 10% a todos los importes correspondientes a bienes regularizados aunque se hubieran obtenido en ejercicios prescritos, porqué ni la Ley ni el Reglamento del Impuesto especifican nada al respecto. Todo ello, supondría aumentar todavía más la inseguridad jurídica y pondría de manifiesto a un nivel de escándalo, los cambios de criterio que  en el ámbito tributario se producen en España, además de generar un verdadero terremoto en el ámbito fiscal con las consecuencias que a todos los niveles puede suponer la modificación del criterio administrativo. Todo ello con independencia del aluvión de recursos que puedan producirse por parte de los contribuyentes.

Sin tiempo para recaudar

No obstante, al no haberse producido la investidura del Sr. Rajoy, el pacto firmado entre PP y Ciudadanos ha quedado, a fecha de hoy, sin aplicación. Además no se prevé ni contempla de momento que el Gobierno en funciones dé instrucciones a la AEAT de actuar de forma contraria al criterio mantenido hasta la fecha por la DGT, a instancias de dicho gobierno. Por ello, hay que tener en cuenta especialmente, que si a 31 de octubre no se produce la investidura del Sr. Rajoy y se convocan nuevamente elecciones, la posibilidad de comprobar las declaraciones correspondientes a la Amnistía Fiscal resultará prácticamente imposible, dado que el próximo día 30 de noviembre se produce la prescripción de las citadas declaraciones. Así, si no se llega a un acuerdo de investidura y llegamos a 1 de diciembre, la posibilidad de revisar las citadas declaraciones anunciada a bombo y platillo en el acuerdo de investidura, firmado y fallido de momento, así como de recaudar el importe estimado de 2.800 millones de Euros (según cifró Ciudadanos) dejará de existir. Entonces, la cuestión a plantearse es: ¿eran perfectamente conscientes los dos partidos en el momento en que firmaron el pacto, de la dificultad material de llevar a cabo el acuerdo suscrito?

 Puedes descargar el informe de la Dirección General de Tributos sobre los contribuyentes que podían acreditar la titularidad de activos con anterioridad a 4 años.

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