El Real Decreto 5/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de los No Residentes, se encarga de determinar en qué casos una persona que no vive en España deberá pagar sus impuestos en forma de declaración de la renta allí.
Vamos a verlos a continuación, así como cuándo hacerlo, ya que de la misma forma que pasa con el Modelo 210 del Impuesto de No Residentes, son temas poco conocidos pero con mucha importancia.
¿Qué rentas deben pagar los No Residentes con el IRPF?
Generalmente, se considera que deben pagar este impuesto aquellas personas físicas y entidades no residentes en España, así como aquellas que sí son residentes pero que, por su condición de desplazados, se pueden considerar no residentes. Las rentas a las que deben hacer frente son:
- Las rentas de actividades que se lleven a cabo en territorio español, incluyendo explotaciones económicas, tanto si existe una sede física o no.
- Los rendimientos de trabajo si derivan de una actividad personal realizada en España o si se trata de pagos de parte de la administración.
- Los rendimientos de los bienes inmuebles en España.
- Las ganancias patrimoniales si derivan de valores emitidos por personas o entidades residentes en el Estado español.
- Las pensiones y las prestaciones que se reciben del estado siendo no residente.
- Las retribuciones de los administradores y de los miembros del consejo de administración de entidades españolas.
- Los dividendos y rendimientos por participar en entidades españolas. También se incluye la cesión a terceros de capitales propios.
- Cánones como los derechos sobre patentes, planos, obras artísticas, programas informáticos, etc. que son satisfechos por personas residentes en España.
¿Cuándo pagar el IRPF No Residentes?
El período de la Declaración de la renta para los no residentes es el mismo que el del Impuesto sobre Sociedades. En el caso de las entidades constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español que deban presentar el Modelo 206 y de los residentes con establecimiento permanente, el plazo será de 25 días después de los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
Como existen tantos casos distintos (solo hace falta consultar los distintos tipos de gravamen que marca Hacienda, además de varias excepciones, es normal que surjan dudas respecto a cómo, cuánto o cuándo deben pagar la declaración de la renta los No Residentes. Si este es tu caso, contacta con GM Tax y te asesoraremos sea cual sea tu duda o problema. Somos especialistas en temas relacionados con la Agencia Tributaria y tratamos cada caso con total proximidad y profesionalidad.