Creación de una Empresa

Nuestros abogados ofrecen asesoramiento sobre las diferentes formas jurídicas de constitución de sociedades en España.

Si se quiere desempeñar una actividad económica en España, la primera pregunta que surge es qué forma de empresa es la más adecuada según los requisitos y objetivos específicos y si es aconsejable establecer una empresa en España en un caso concreto.

Existen varias opciones para cubrir tus necesidades. Dependiendo de las características de tu inversión, puedes elegir entre la creación de una sociedad de responsabilidad limitada o la trabajar por cuenta propia, es decir, como autónomo.

Es importante mencionar que la sociedad de responsabilidad limitada es la mejor manera de proteger al fundador o fundadores de la responsabilidad personal en caso de insolvencia.

Nuestros abogados ofrecen asesoramiento sobre las diferentes formas jurídicas de constitución de sociedades en España, así como los aspectos a considerar en materia de derecho mercantil, fiscal, de seguridad social y laboral.

A continuación explicamos los pasos a seguir para la constitución de una empresa en España.

Procedimiento

 

1. Nombre de la empresa

En primer lugar, se debe obtener un certificado (llamado certificado de conformidad, COC) del Registro Mercantil, que confirma que el nombre de la empresa seleccionada no está ya en uso y está reservado a su nombre.

En GM Tax Consultancy, ofrecemos este servicio en el que deberás especificar tres posibles nombres y te informaremos en pocos días si tu elección de nombre ha sido confirmada.

2. Número NIE

Según la legislación española, toda persona física o jurídica que tenga un interés económico o profesional en España o que participe en operaciones de carácter tributario está obligada a tener un número de identificación fiscal (o un número de identificación de extranjeros (NIE) en el caso de las personas físicas).

Este número debe solicitarse si un inversor extranjero desea realizar una inversión directa en España, lo que significa que CUALQUIER futuro accionista o director de una nueva empresa (aunque no sea residente en España) debe tener un número de identificación fiscal.

3. Cuenta bancaria

Una vez realizados los pasos anteriores, necesitarás una cuenta de la empresa española a la que se deberá abonar el capital inicial de 3.000,00 euros.

Si lo deseas, podemos abrir la cuenta por ti gracias a nuestros abogados.

4. Escritura de constitución notarial

En este punto, podemos hacer una cita con el notario para firmar la escritura de constitución.

Como parte de nuestros servicios, también nos ofrecemos a llevar a cabo la firma en tu nombre.

5. Seguridad social

El último paso del proceso de creación de la empresa, paralelamente a la inscripción de la actividad económica, es la inscripción de la empresa en la Tesorería General de la Seguridad Social y el pago de aproximadamente 300 euros/mes de cotizaciones (el importe depende de las circunstancias personales, ponte en contacto con nosotros para saber más).

Hay muchos otros aspectos legales que deben tenerse en cuenta. Contacta con nosotros para obtener asesoramiento profesional y ayuda en el proceso de incorporación para evitar errores. Si tienes alguna pregunta sobre tus necesidades específicas, estamos a tu entera disposición.

Consulte sin compromiso.

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