Planificación sucesoria y fiscalidad en empresas familiares

La sucesión de una empresa familiar es un momento clave que define su continuidad y estabilidad. Como despacho especializado en derecho fiscal y sucesorio, sabemos que una planificación adecuada no solo protege el patrimonio empresarial, sino que también optimiza la carga fiscal para los herederos. En este artículo, abordamos dos aspectos fundamentales: el usufructo en la herencia de empresas y los impuestos que gravan la sucesión.

El usufructo es una figura clave en la planificación de herencias, especialmente en empresas familiares. Se trata de un derecho real que permite a su titular utilizar y beneficiarse de un bien sin ser su propietario. En el ámbito empresarial, esto significa que una persona puede conservar el derecho a percibir los beneficios de la empresa sin alterar la titularidad de las acciones o participaciones.

Implicaciones en la gestión y propiedad de la empresa

El usufructuario tiene derecho a los beneficios económicos de la empresa, como dividendos, pero no necesariamente a la toma de decisiones estratégicas. En la mayoría de los casos, el voto en las juntas de socios o accionistas recae en los nudos propietarios (los herederos), salvo que los estatutos de la empresa establezcan lo contrario.

Una mala planificación de esta figura puede generar conflictos entre usufructuarios y nudos propietarios, por lo que es recomendable establecer reglas claras sobre la toma de decisiones y la gestión de la empresa.

Fiscalidad en la herencia de empresas familiares

El fallecimiento del titular de una empresa conlleva importantes implicaciones fiscales que deben considerarse para evitar una carga tributaria innecesaria sobre los herederos.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones grava la transmisión del patrimonio por causa de fallecimiento. Su regulación varía según la comunidad autónoma en la que residiera el fallecido, por lo que su impacto puede ser muy distinto dependiendo del territorio.

Aspectos clave del ISD en empresas familiares

  • Reducciones fiscales: Se puedeaplicar una reducción del 95% sobre el valor de la empresa en el ISD, siempre que se cumplan ciertos requisitos, como el mantenimiento de la actividad durante al menos cinco años, que la empresa no sea considerada como patrimonial, y que la persona transmitente realizara funciones de dirección por las que cobrara más del 50% de todos sus rendimientos del trabajo o actividades económicas (esto puede cumplirse a nivel personal o familiar).

Un aspecto a tener en cuenta es que hay que asegurarse de que los activos y pasivos de la empresa están afectos a la actividad económica: en caso de que haya una parte que no lo esté, la reducción en ISD solo aplicaría -en caso de comprobación administrativa- sobre la parte proporcional de afectación a la actividad

  • Base imponible: Se calcula a partir del valor de la empresa, descontando deudas y obligaciones pendientes. Hay que realizarse a valor de mercado, teniendo en cuenta el fondo de comercio que pueda existir, en algunos casos. 
  • Bonificaciones: Algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones adicionales que pueden reducir considerablemente la carga fiscal. Algunas bonificaciones son incompatibles con la reducción del 95% por participaciones en entidades. 

El correcto aprovechamiento de estas reducciones requiere un análisis detallado de la estructura societaria y una planificación previa para evitar problemas en la sucesión.

Plusvalía municipal

Cuando la herencia incluye inmuebles urbanos, es necesario pagar el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), conocido como plusvalía municipal. Este tributo depende del municipio y grava el aumento de valor del suelo desde su adquisición hasta la transmisión hereditaria.

En la actualidad existen dos métodos de cálculo de este impuesto: el método objetivo (en base a unos coeficientes que se aplican sobre el valor catastral del suelo) y el método real (en base a la diferencia del valor real-precio establecido en la escritura pública- entre el momento en que se adquirió dicho inmueble y el momento en que se transmite. Se permite presentar el impuesto según el método de cálculo que salga más económico para el contribuyente. 

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones no implica una tributación automática en el IRPF, pero hay casos en los que sí se genera una obligación fiscal:

  • Si el heredero percibe más adelante rentas derivadas de la empresa que hereda, como dividendos.
  • Si vende participaciones heredadas, generando una ganancia patrimonial.
  • En caso Donación de participaciones de entidades en las que una parte de sus activos y pasivos no están afectos a la actividad, la parte de la empresa sobre la que no puede aplicarse la reducción del 95% mencionada queda sujeta a tributación en el IRPF del donante (quien dona), en el momento de la donación, por la ganancia patrimonial obtenida. 

En caso de heredar planes de pensiones, su rescate tributa como rendimientos del trabajo en el IRPF.

Estrategias para optimizar la sucesión de una empresa familiar

Aprovechamiento de las reducciones fiscales

La reducción del 95% en el ISD para empresas familiares es una herramienta clave para minimizar el impacto fiscal de la herencia. Para aplicarla, es imprescindible que:

  • La empresa sea una actividad económica real y no una mera sociedad patrimonial.
  • Al menos uno de los herederos continúe con la actividad durante un período mínimo de cinco años.
  • La empresa haya sido gestionada directamente por el fallecido o por un familiar.

Planificación testamentaria y protocolo familiar

Para evitar conflictos entre herederos y garantizar la continuidad de la empresa, es recomendable establecer un testamento detallado y, en su caso, un protocolo familiar que regule:

  • El reparto de la propiedad y los derechos de usufructo.
  • La toma de decisiones en la gestión.
  • La incorporación de nuevas generaciones al negocio.

Pactos sucesorios

En algunas comunidades autónomas se permite la firma de pactos sucesorios, que pueden servir para anticipar la transmisión del negocio en vida y evitar la carga fiscal derivada de la herencia.

En Cataluña, donde su Código Civil propio permite la figura del pacto sucesorio, puede ser especialmente interesante en algunos casos el Heredamiento Cumulativo – un pacto sucesorio que te permite transmitir en vida todo tu patrimonio (reservándote unos pocos bienes para continuar con tu vida con normalidad) , que te permite tributar en ambos momentos como Sucesión -y no como Donación- (en el momento del pacto sucesorio, por un lado, y en el momento de la defunción, por el otro) y aplicar reducciones y bonificaciones fiscales en ambos momentos que, de realizarse conjuntamente en el momento de la defunción, serían incompatibles entre sí. 

Creación de sociedades holding

En algunos casos, trasladar la propiedad de la empresa a una sociedad holding puede ayudar a estructurar la sucesión de manera más eficiente y reducir la carga fiscal. La creación de una sociedad Holding puede ser conveniente en algunos casos pero hay que analizarlo pormenorizadamente, en especial debido a las últimas resoluciones administrativas que reducen los beneficios fiscales de estas estructuras, al transparentar Hacienda parte de los dividendos distribuidos por las sociedades operativas a la Holding a los socios personas físicas de las Holding en su IRPF -donde su tributación es mayor-, en algunos supuestos, y por lo tanto eliminando uno de los principales beneficios de estas estructura (la exención en el Impuesto sobre Sociedades del 95% por dividendos distribuidos a la Holding). 

El éxito en la sucesión de una empresa familiar no depende solo de la voluntad del testador, sino de una planificación legal y fiscal meticulosa. El usufructo puede ser una herramienta útil para garantizar la estabilidad de la empresa, pero debe diseñarse cuidadosamente para evitar conflictos. A su vez, una estrategia fiscal bien estructurada puede reducir significativamente el impacto del Impuesto sobre Sucesiones y otros tributos asociados a la herencia.

En nuestro despacho, ayudamos a empresas familiares a diseñar planes sucesorios eficaces, optimizando su estructura legal y fiscal para garantizar la continuidad del negocio y la protección del patrimonio familiar. Si está considerando la planificación de su sucesión empresarial, contáctenos para una consulta personalizada.

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